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  • En las próximas semanas, la Comisión debe publicar la Decisión comunitaria que conlleve la no renovación del clorprofam -sustancia química utilizada como antigerminante, normalmente conocida como CIPC-. Así mismo, se prevé que dicha Decisión incluya un periodo de uso de 15 meses desde la entrada en vigor. Una vez concluya este periodo, el LMR del CIPC se situará en el límite de detección.

    Asociafruit ha solicitado reiteradamente la retirada de este producto a los Ministerios de Agricultura y Sanidad, así como a la AESAN- Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición-, ante la publicación en junio del pasado 2017 del informe de la EFSA- Agencia Europea de Seguridad Alimentaria- haciendo referencia a la toxicidad de esta sustancia y su capacidad de interrumpir procesos fisiológicos endocrinos. En los mismos términos se ha dirigido a la Comisión Europea, a la DG SANTE.

    Hay países -fundamentalmente Francia-, y organizaciones empresariales que, obviando la defensa de la salud de los consumidores, y priorizando intereses sectoriales y comerciales, están presionando y trabajando para obtener un LMR temporal para patatas que evite la contaminación cruzada en los almacenes previamente tratados con CIPC.

    Desde Asociafruit, se entiende que este nuevo plazo va totalmente en contra de la defensa de la seguridad alimentaria de los consumidores europeos, a los que no se tendría en absoluto en cuenta de tomarse esta decisión. Si existe un periodo de gracia de 15 meses, los almacenes debieran de aprovechar este plazo para eliminar las trazas de Clorprofam de sus instalaciones. Si es un producto que causa daños al sistema endocrino del ser humano nada justifica una nueva prórroga.

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